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sábado, 07 de junio de 2008

"si alguien del pueblo ha defendido intereses estrictamente personales, ha sido usted"

Nota de Prensa de la Asociación dirigida al equipo de gobierno del Ayuntamiento de Illescas

RESPUESTA AL COMUNICADO EMITIDO POR EL EQUIPO DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE ILLESCAS DE FECHA 06 DE JUNIO DE 2008.

La Asociación Ciudadana de Illescas ante la información vertida en el comunicado de referencia, quiere contestar rotunda y enérgicamente al equipo de gobierno por medio del siguiente escrito:

1.– Si la satisfacción de un Alclade es consecuencia de “algo” que conlleva que una parte del pueblo (avalada por más de 2750 firmas) siga sufriendo por las aplicaciones de sus supuestas legalidades, dice muy poco a favor de lo que al primer edil del pueblo le importan los sentimientos de sus vecinos. Queda demostrado que teníamos razón cuando tachamos de farisaico su escrito de 07 de marzo de 2006 dirigido a Sanidad, porque si no fuera así, usted no sentiría satisfacción por una sentencia que no aprueba su petición.

2.– Si las sentencias son recurribles, es porque son susceptibles de modificación, dado que la infalibilidad de las personas no existe. En ningún momento la Asociación Ciudadana de Illescas considera que la sentencia desmonta ninguna argumentación y por ello va a recurrirse hasta la última instancia que sea precisa.

3.– La Asociación Ciudadana de Illescas confrontando la sentencia con el Decreto 72/99, art. 52 (competencia de la Delegación Provincial de Sanidad) y la Ley de Bases del Régimen Local, art. 23.2.j. (competencia del Municipio), sigue esta Asociación creyendo que el Alcalde es el responsable de no permitir los enterramientos en el Antiguo Cementerio.

4.– En relación con el nuevo cementerio, que según usted “está legalmente habilitado”, el tiempo y los hechos demostrarán que las irregularidades que esta Asociación viene denunciando desde su inauguración existen. Y que además el citado cementerio no cumple el Decreto 72/99 vigente de Sanidad Mortuoria.

5.– La Asociación Ciudadana de Illescas considera, que cuando un acto administrativo necesita autorización previa para su ejecución, la autorización que es necesaria, NO implica obligatoriedad de ejecución, ni la suple. En la sentencia se hace constar que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal superior de Justicia de C.L.M., recurso que será interpuesto en breve.

6.– La Asociación Ciudadana de Illescas lamenta que la instrumentalización política, que usted desde el primer momento utiliza en este tema, esté dañando permanentemente a todos los afectados, por lo que consideramos una decisión política tomada con no sabemos que turbios y oscuros móviles.

7.– El reducido número de personas a que usted hace referencia, está avalado con las firmas de más de 3.000 personas mayores de edad, que usted consideró que “representan cuanto menos una representatividad significativa de atender”

8.– Nos parece que si alguien en este pueblo ha defendido intereses estrictamente personales, ha sido usted; si no es así demuéstrenos a qué intereses obedece el que no se permitan los enterramientos en el antiguo cementerio, cuando usted ha reconocido que la Ley sobre la cual en un principio de basó para la pretendida clausura no existe, y la capacidad en el antiguo cementerio no está agotada.

9 – Su falta de tacto, su falta de diálogo y su falta de sensibilidad y por supuesto su total desprecio hacia los sentimientos de los afectados son conductas incalificables e indignas de un representante que debe perseguir estrictamente la defensa de los intereses, el bienestar y la tranquilidad de los illescanos.

Esta Asociación no cejará en su intento de demostrar la verdad, sin escatimar esfuerzos ni medios, ni se verán mermadas nuestras actuaciones por ningún tipo de adversidades, ni arbitrariedades, vengan de donde vengan.

 

ASOCIACION CIUDADANA DE ILLESCAS

 
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